martes, 21 de mayo de 2013

Hacia la rectitud del Derecho... buscando el orden lógico en la incertidumbre (continuación).

         Continuando en el mismo tenor del taller supramencionado, y luego de analizar específicamente el segmento (ver entrada) donde se manifiesta que las entidades accionadas no pueden ser ni estar estáticas, es aquí, en lo estático (continuación), que resalta lo procesal, y teniendo en cuenta que estamos en la búsqueda de la verdad, tanto el valor de la prueba como la acción procesal, tienen obligatoriamente que conducir a los sujetos procesales a evitar el estancamiento de la trascendencia de la prueba.
         Si para la existencia del delito (como concepto), es indispensable la acción, entonces es ilógico lo estático en el proceso penal, estando el mecanismo de conformación del hecho ilícito revestido de una impunidad temporal que se mantiene inerte y sometido a elementos transformadores del tiempo (de aquí la existencia de la prescripción).

No hay comentarios:

Publicar un comentario