miércoles, 2 de mayo de 2018

Estructura y Forma en el Cuerpo del Delito.

     En la entrega anterior y al final, recomendé el análisis por parte de ustedes de dos palabras fundamentales para la comprensión de los homicidios, la estructura y la forma.
     Ahora, el problema radica en comprender el porque la utilización de esas dos palabras, y no es otra que entender la definición de lo que se denomina el Cuerpo del Delito.
    " El cuerpo del delito es el hecho resultante de la existencia comprobada de una acción u omisión típica, acción u omisión que han de ser la causa del hecho calificado previamente por la Ley como delito o falta (Nullum delictum sine lege). La muerte, fenómeno natural, debe ser causada por el acto humano (acción u omisión), para que sea delito, y por lo tanto, dé base para abrir el proceso penal".
     Según lo anterior, puedo decir, que la base del procesamiento en materia penal es la comprobación o la existencia de una acción u omisión previstos expresamente por la Ley como delito o falta.
     Ahora, y luego de una explicación doctrinaria y jurídica, es menester entender el fondo semántico de todo este trabajo, que no es otro que la comprensión de términos abstractos como son la estructura y la forma, que inclusive, dan una explicación a los fenómenos tanto en personas vivas como cadáveres relacionados sobre todo con la balística.
     En la próxima entrega, desarrollaré esta aplicación de los dos términos de vital importancia criminalística.
     Mi correo: ontojurista@gmail.com
         

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